PACMA considera el texto de la reforma del Código Penal una «chapuza»

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Como llevamos meses advirtiendo, la reforma del Código Penal para los delitos de maltrato animal planteada por el Gobierno supondría un retroceso y perjudicaría en gran medida a los animales.

El movimiento animalista lleva años exigiendo un endurecimiento real de las penas para acabar con la impunidad de quienes maltratan animales, pero esta reforma introduce modificaciones muy graves que empeorarían aún más la situación.

El texto final del Proyecto, que se conoció ayer mismo, está repleto de carencias, y esperamos que desde el Gobierno se retracten y endurezcan de verdad las penas por maltrato animal. Prácticamente lo único que podemos destacar como positivo es que en esta versión se introduce el supuesto de que el maltrato no cause lesiones, equiparándolo al de lesiones que no requieran tratamiento veterinario.

Penas de simples multas e insuficientes

En este texto, se mantiene uno de los puntos más controvertidos y uno de los grandes retrocesos de esta reforma, que ya aparecía en las anteriores versiones: la posibilidad de imponer directamente simples multas en lugar de penas de cárcel. Solo desaparece esta posibilidad en los casos de muerte de animal que viva bajo control humano, aunque no en los casos de muerte de animales silvestres, ni de lesiones a cualquier animal. Es intolerable que permitan la posibilidad de imponer simples multas para quienes maltratan animales, algo que favorece la impunidad y deja a los animales desamparados.

Por si esto fuera poco, de esta versión desaparece la posibilidad de imponer la pena superior en grado (hasta 2 años y 3 meses en el caso de lesiones y hasta 3 años en el de muerte) cuando concurrieran dos o más agravantes, que sí estaba en las anteriores versiones. Por tanto, las famosas penas de hasta 3 años que se prometían desde la Dirección General de Derechos de los Animales no están contempladas.

Además, en la versión anterior del texto, la pena máxima de inhabilitación para trabajar con animales o para su tenencia se aumentaba hasta los 5 años, pero en este texto final la han rebajado hasta los 3 años máximo, algo totalmente insuficiente.

Otro de los grandes retrocesos de esta reforma, a nuestro juicio, es que, a pesar de las advertencias de múltiples colectivos, como profesionales de la abogacía y entidades animalistas, entre las que nos encontramos, en este texto final no han corregido que en la modificación prevista, para que el abuso o explotación sexual sea punible, debe provocar al animal una lesión que requiera tratamiento veterinario, algo que no se exige actualmente por el artículo 337, que sí castiga someter a un animal a explotación sexual, con independencia de si esa explotación le causa o no lesiones.

Los animales silvestres, incluidos pero discriminados

Uno de los (pocos) rasgos positivos del texto es que incluye a los animales silvestres vertebrados, pero con una pena muy inferior respecto a los animales que se encuentren bajo control humano. En el caso de los pulpos, estarían amparados los que estén bajo control humano, pero no los que vivan en libertad.

Respecto al abandono, otro de los puntos más controvertidos, no se aumenta la pena y, además, se incluye la posibilidad de imponer directamente la de trabajos en beneficios de la comunidad, cuando lo que se está sancionando es el abandono en condiciones en las que pueda peligrar la vida o integridad del animal, lo que debería ser severamente castigado.

En definitiva, desde PACMA consideramos que esta reforma no supone prácticamente ningún avance en la lucha contra el maltrato animal, y sí retrocesos importantes, por lo que el Gobierno no ha estado a la altura de lo que necesitan los animales.

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1 Comentario

  1. Alfonso

    Si es una chapuza muy grande con esa ley que han sacado. Así lo que van a conseguir no tener animales de ningún tipo en el domicilio por culpa de esa ley

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