¿El toro de la Vega tiene derechos? ¡La Dirección General de Derechos de los Animales se burla de la sociedad!

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Durante la reunión que mantuvimos el pasado 25 de enero con el Director General de Derechos de los Animales, Sergio García Torres, tratamos de exponer las graves consecuencias que puede acarrear establecer como definición de “derechos de los animales” las “obligaciones de buen trato y protección a favor de los animales que el ordenamiento jurídico impone a las personas”, tal y como preveía el borrador publicado en octubre del Anteproyecto de Ley de Protección y Derechos de los Animales, en cuya nueva versión, filtrada el pasado fin de semana, se ha perfilado a “Derechos al buen trato, respeto y protección de los animales, derivados de las obligaciones que impone el ordenamiento jurídico a las personas”.

En ningún caso eso se pueden considerar derechos. Las personas también tenemos la obligación de tratar bien y respetar, por poner un ejemplo, el mobiliario urbano. Eso no significa que los bancos, las papeleras, las farolas o los contenedores de basura tengan derechos. Derechos es lo que se reconoce a un sujeto de derecho. Dado que vivimos en un país cuya legislación no solo no reconoce a los animales como sujetos de derecho, sino que permite que se les persiga para matarlos como “deporte”, que se les maltrate severamente en experimentos científicos, o, incluso, que se haga de su tortura un espectáculo público, fomentado y protegido desde las instituciones como “patrimonio cultural”, consideramos que incluir esa definición en la Ley, como si se les estuvieran concediendo derechos, es, en primer lugar, una falta de seriedad y de respeto absoluto hacia los animales, y, en segundo, una definición que les podría perjudicar muchísimo en adelante, y así se lo trasladamos al director general.

Por su parte, afirmó que en opinión de sus asesores sí se pueden considerar derechos de los animales las obligaciones impuestas a su favor a las personas. Le preguntamos entonces si consideran desde la Dirección General de Derechos de los Animales que los animales tienen derechos desde hace décadas, pues todas las leyes de protección animal autonómicas establecen obligaciones de buen trato, respeto y protección a su favor. El Sr. García Torres se limitó a contestar que se trataba de una cuestión de interpretación filosófica en torno a lo que son o pueden ser considerados derechos de los animales, sobre la que no íbamos a llegar a un entendimiento.

Pues bien, no hemos tardado mucho en toparnos con la primera de las graves consecuencias que le advertimos entonces.

Estas semanas estamos trabajando en las alegaciones a la nueva regulación sobre el Torneo del Toro de la Vega, y nos hemos encontrado que uno de los capítulos que en la anterior ordenanza se titulaba «El respeto al toro» y cuya introducción rezaba: «Como principal participante, el toro merece el respeto y admiración de los torneantes y espectadores, como es costumbre en este rito.», ahora ha pasado a titularse “Los Derechos del toro” y su introducción reza: «Como principal participante, el toro tiene unos derechos que se le respetarán estrictamente, ya que así lo dicta el buen sentido y la costumbre«.

Aunque pueda parecer una broma, no lo es. Gracias a la ligereza con la que desde el Gobierno se han puesto títulos a direcciones generales, cargos públicos y proyectos normativos, haciendo referencia a los derechos de los animales como si los tuvieran, cuando, obviamente, no los tienen, incluso el Ayuntamiento de Tordesillas podrá burlarse de los toros que torturen en la Vega, estableciendo en la normativa que regula el Torneo, que estos pobres animales tienen “derechos”.

Por el momento podemos y vamos a presentar alegaciones sobre este punto. “Dirección General de Derechos de los Animales” o “director general de Derechos de los Animales”, son denominaciones llamativas, aunque carentes de contenido, claramente utilizadas en beneficio político propio, no pensando en los animales, pero, al fin y al cabo, sin trascendencia jurídica. Sin embargo, ¿cómo podremos alegar que el Toro de la Vega no tiene derechos, cuando los defina en ese sentido una ley de ámbito nacional?

Esperamos que este ejemplo sirva tanto al Director General de Derechos de los Animales como a sus asesores, para recapacitar y entender que “Derechos al buen trato, respeto y protección, derivados de las obligaciones que impone el ordenamiento jurídico a las personas” NO son derechos de los animales, de manera que, tal y como ya le requerimos, se retracten y no incluyan semejante definición en el Anteproyecto de Ley de Protección, Derechos y Bienestar de los Animales, además de reconsiderar cambiar tanto el título del Anteproyecto, como el de su cargo y el de la Dirección General, por Dirección General de Bienestar y Protección Animal, tal y como proponía PACMA en su propuesta de Ley General de Bienestar y Protección de los Animales (conocida como Ley Cero) hace ya 5 años.

Cuando estén dispuestos a reconocer a los animales derechos de verdad, que hablen de derechos de los animales. Mientras, que no se burlen de la ciudadanía, pero, sobre todo, de los animales.

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