El Partido Animalista presenta alegaciones al nuevo reglamento de la Ley de Bienestar Animal por considerarlo insuficiente

Jul 24, 2025

Alertan de «graves deficiencias» en aspectos clave como los perros potencialmente peligrosos, el uso de herramientas invasivas y la eutanasia.

Madrid, 24 de julio de 2025 – El Partido Animalista PACMA ha presentado alegaciones al proyecto de reglamento que desarrolla la Ley 7/2023 de protección de los derechos y el bienestar de los animales, cuya entrada en vigor está prevista a los seis meses de su publicación.

El texto aborda aspectos como la cría, venta y tenencia de animales de compañía; la creación del Sistema Central de Registros para la Protección Animal (SICERPA); y la gestión de colonias felinas. Entre las novedades más relevantes figuran la obligatoriedad del curso de tenencia responsable para los tutores de perros, el seguro de responsabilidad civil, la revisión veterinaria anual, y la regulación detallada de la cría, las casas de acogida y los espacios de reubicación de gatos comunitarios. 

Sin embargo, desde la formación política se advierte que el reglamento incurre en «importantes contradicciones y omisiones» respecto a la propia Ley 7/2023, y ha presentado en tiempo y forma diversas alegaciones para su corrección.

PPP, herramientas invasivas, eutanasia y discriminación

Una de las principales preocupaciones del Partido Animalista se centra en la nueva regulación sobre perros potencialmente peligrosos, que traslada la responsabilidad de la peligrosidad al animal en lugar de a su titular, permitiendo que personas condenadas por delitos graves o inhabilitadas judicialmente puedan tener perros de razas señaladas hasta los 12 meses sin necesidad de cumplir ningún requisito. También alegan contra la autorización del uso de herramientas invasivas para la educación o modificación de conducta de perros, incluso bajo supervisión profesional. «Estas prácticas, que pueden provocar dolor, estrés o alteraciones físicas, contradicen directamente la Ley 7/2023, que prohíbe los métodos que causen sufrimiento innecesario a los animales», explican. 

En cuanto a la eutanasia, el reglamento la contempla cuando no se considere viable aplicar tratamientos paliativos o curativos, sin hacer referencia expresa al sufrimiento innecesario del animal, que sí aparece como criterio fundamental en la Ley 7/2023. PACMA considera que esto «desvirtúa el espíritu de la norma» y reclama una redacción más clara.

Otra cuestión que genera preocupación es el ámbito de aplicación del reglamento, que deja fuera a animales como perros de caza o de guarda de ganado. La formación política propone que se aplique a todos los perros, gatos y hurones, sin importar su uso o procedencia.

Desde PACMA, que ha alegado sobre varias cuestiones más, insisten en que el reglamento debe alinearse plenamente con la Ley 7/2023, garantizando una protección efectiva para todos los animales, sin excepciones ni ambigüedades que perpetúen el maltrato, el abandono o la explotación.

1 Comentario

  1. Francisco González Benito

    Comparto las alegaciones que he presentado, por si os pudieran servir de apoyo para las vuestras:

    Proyecto de Real Decreto sobre identificación de animales de compañía

    Aportación

    Este Decreto arrastra una arbitrariedad (prohibida a los poderes públicos en el artículo 9.3 de la Constitución) que deriva de la propia ley que desarrolla, en tanto que la obligación de identificación de los denominados «animales de compañía» no se aplica a todos los perros, gatos y hurones, pues determinados grupos de animales no humanos están excluidos del ámbito de aplicación de la Ley 7/2023, de 28 de marzo. Lo anterior no tiene ninguna justificación basada en evidencia científica (como puede ser la sintiencia de los afectados), sino que responde a la sumisión de los partidos a poderes fácticos (ganadero, cinegético, etc.). Por otra parte, considero un disparate jurídico dejar el asunto de la identificación a las CCAA (en vez de buscar una unificación europea e internacional de la misma), extendiendo la desigualdad de derechos y libertades de los ciudadanos españoles también a los no humanos.

    Proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales

    Aportación

    En el proyecto que se presenta no encuentro justificada la alternativa conservadora por la que se opta: el «control» sobre la cría y compraventa. Los problemas derivados de la consideración de los sintientes no humanos como mercancías son casi infinitos, sobre todo para ellos, para también para los humanos. Es por lo anterior que tendría que motivarse, al menos: ¿Por qué no es viable una moratoria general para las actividades de cría y compraventa, mientras haya sintientes no humanos necesitados de adopción responsable?.:

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