Entidades denunciantes del «caso Vivotecnia» recurrirán la absolución de los dos trabajadores acusados de maltrato animal

May 18, 2026

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El fallo judicial admite que hubo procedimientos realizados sin anestesia adecuada y sufrimiento innecesario para los animales.

Madrid, 18 de mayo de 2026 – Varias de las entidades personadas como acusación popular en el conocido como “caso Vivotecnia” han anunciado que recurrirán la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 30 de Madrid este lunes, que absuelve a los dos trabajadores acusados de maltrato animal según el artículo 337 del antiguo Código Penal.

El Partido Animalista PACMA y las organizaciones FAADA, AnimaNaturalis y Fundación Contra Maltrato Animal ya se han pronunciado al respecto y consideran que, pese al fallo absolutorio, la propia resolución judicial recoge hechos de «extrema gravedad» ocurridos en el laboratorio de experimentación animal, cuyas imágenes dieron la vuelta al mundo en 2021 y generaron una oleada de indignación sin precedentes.

Hubo maltrato, pero no lo suficiente

La sentencia concluye que no ha quedado acreditado con suficiente certeza que las actuaciones enjuiciadas provocaran lesiones graves o la muerte de los animales, requisito exigido por el Código Penal vigente en el momento de los hechos para imponer condena por maltrato animal.

Sin embargo, la resolución hace referencia expresa a la acusación formulada por el Partido Animalista PACMA, que sostuvo que existió ensañamiento y crueldad hacia los animales utilizados, de modo que el magistrado sí considera probado que uno de los acusados realizó procedimientos dolorosos sobre varias ratas sin anestesia adecuada, provocándoles “dolor y sufrimiento innecesario”, y llega incluso a apreciar un delito leve de maltrato animal. No obstante, el juez entiende que dicha infracción había prescrito al año, antes de iniciarse el procedimiento judicial.

Desde las entidades denunciantes recuerdan que el procedimiento se ha prolongado durante más de cinco años y lamentan que, pese a la gravedad de los hechos recogidos en la sentencia, los acusados hayan resultado absueltos y la empresa haya continuado operando con normalidad durante todo este tiempo.

  • Foto: David Canales
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