PACMA denuncia obstrucción en la investigación penal por la autorización de matanzas de lobos en Cantabria

Nov 18, 2025

La causa por presunta prevaricación y falsedad documental sigue abierta pese a la solicitud de archivo por parte de los investigados.

Madrid, 18 de noviembre de 2025 – El Partido Animalista PACMA denuncia que la investigación penal abierta en el Juzgado de Instrucción nº 3 de Santander contra altos cargos del Gobierno de Cantabria por presunta prevaricación, falsedad documental y maltrato animal sigue avanzando pese a los intentos de archivo por parte de los investigados.

Los informes que autorizaban las matanzas requeridos por el juzgado han sido finalmente aportados tras la insistencia de la formación política. En la documentación recientemente remitida, el investigado Ángel Serdio señala expresamente como autores de los informes empleados para fijar el cupo de extracción 2025/2026 al Jefe de Servicio de Conservación de la Naturaleza y firmante del informe técnico, y en el ámbito jurídico, a dos responsables de la Asesoría Jurídica. 

La organización recuerda que los informes utilizados para autorizar la extracción de lobos pudieron ocultar el estado de conservación “desfavorable” de la especie, reconocido oficialmente por España ante la UE, lo que invalidaría cualquier autorización de caza y podría constituir delito de prevaricación.

El Juzgado ha rechazado la suspensión cautelar de la caza solicitada por PACMA, sin entrar en el fondo del asunto y por motivos, según la formación política, son «infundados», ya que apelan a una supuesta falta de competencia y de jurisdicción. El Partido ya ha recurrido al considerar que la vía penal es la única competente y que cualquier resolución que lo niegue puede incurrir en la vulneración de derechos «que serán recurridos hasta las instancias que sean necesarias». 

PACMA ha manifestado que, de revocarse las autorizaciones administrativas para cazar lobos en las Comunidades Autónomas donde se han querellado, procederá a interponer denuncia por presuntos delitos de maltrato de animales protegidos, con agravante de muerte, previstos y sancionados con hasta 3 años de prisión por cada animal abatido, de acuerdo con el art. 340 bis del Código penal, con las accesorias de inhabilitación para tenencia de armas de hasta 4 años.

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