El Partido Animalista PACMA denuncia que el sistema permite que unacuerdo de mediación cierre la puerta a la justicia.
Madrid, 10 de julio de 2027 – El Partido Animalista PACMA ha lamentado este jueves el archivo definitivo del controvertido caso de la perra Sota, abatida de un disparo por un agente de la Guardia Urbana de Barcelona en diciembre de 2018 durante una inspección a su tutor, que en ese momento residía en la calle.
La resolución supone un duro golpe para la protección jurídica de los animales y evidencia, a ojos de la formación política, las «graves carencias de un sistema que sigue permitiendo que la muerte injusta y violenta de un animal quede sin juicio y sin condena».
Durante más de siete años, PACMA y la asociación Libera! han sostenido la acusación y han agotado todas las vías legales para evitar que este caso terminara en el archivo. Sin embargo, la aplicación del marco legal vigente ha permitido que el procedimiento finalice sin que se depuren responsabilidades penales.
«Esto no va de un simple conflicto privado, va de justicia»
El archivo llega tras un acuerdo alcanzado entre el agente implicado y el tutor de Sota en el marco de un procedimiento de justicia restaurativa, circunstancia que, junto con la posición del Ministerio Fiscal, ha impedido que la acusación popular pudiera continuar el procedimiento.
Desde PACMA apuntan que la vida de un animal no puede tratarse como un conflicto exclusivamente entre dos partes, ya que la protección de los animales trasciende a su responsable legal y afecta al conjunto de la sociedad. Es necesario, por tanto, que los hechos sean enjuiciados, especialmente teniendo en cuenta que se trató de una actuación policial. Este caso no debía terminar con un acuerdo privado, sino con un juicio que determinara si existía responsabilidad penal», añaden.
La formación política considera «grave» que el ordenamiento jurídico contemple escenarios en los que una persona que ha matado a un animal de la forma en la que Sota murió pueda evitar sentarse en el banquillo por el simple hecho de alcanzarse un acuerdo entre las partes directamente implicadas.
Un precedente desolador
La muerte de Sota conmocionó a la sociedad, provocó manifestaciones multitudinarias y se convirtió en uno de los casos de maltrato animal con mayor repercusión de los últimos años. Existían elementos suficientes para que un tribunal valorara las circunstancias del disparo y determinara si procedía una condena al haber un vídeo. Sin embargo, esa posibilidad nunca llegará a producirse.
El Partido Animalista insiste en que este desenlace pone de manifiesto la necesidad urgente de reforzar la legislación para que los delitos contra los animales no dependan exclusivamente de la voluntad de las partes particulares cuando existe un evidente interés social en su persecución: «Si el sistema permite que la muerte de un animal quede sin respuesta penal, es el propio sistema el que está fallando», concluyen.


El acuerdo entre dos partes ha dejado fuera, en este caso, a una 3ª; la cual, por otro lado, no ha recibido protección del Ministerio fiscal.
Lo anterior es contrario a la justicia, que es un valor superior del ordenamiento jurídico español (artículo 1.1 de la Constitución), teniendo en cuenta que esa parte 3ª, llamada Sota, era víctima, inocente e indefensa. El resultado del juicio también es contrario al Principio general del Derecho «No dañar», pues aquí se ha hecho daño a alguien (sintiente según el artículo 333 bis del Código CIvil), sin que responda penalmente el causante voluntario y culpable del daño causado.