El Partido Animalista reclama al Ayuntamiento de Sant Antoni que investigue el uso de decenas de miles de litros de agua y actúe ante una instalación que no figuraba en la memoria técnica del evento.
Ibiza, 19 de agosto de 2026 – El Partido Animalista Con el Medio Ambiente (PACMA) ha presentado una denuncia administrativa y una solicitud de acceso a la información pública y ambiental para esclarecer la instalación de un lago artificial durante una fiesta privada celebrada en la cantera municipal de Sa Pedrera, en Sant Antoni de Portmany.
La organización del evento abonó 199 euros en concepto de tasa de actividad para utilizar este espacio público. El Ayuntamiento justificó la autorización excepcional por el carácter solidario de la celebración, cuyos promotores se habían comprometido a donar parte de los beneficios.
Sin embargo, durante el montaje se construyó un lago artificial de carácter ornamental que no aparecía expresamente recogido en la memoria técnica presentada ante el Consistorio. La documentación tampoco especificaba sus dimensiones ni el volumen de agua que se pretendía utilizar a pesar de encontrarse la isla con restricciones por sequía.
La empresa organizadora, Van Wyck, sostiene que utilizó menos de 60.000 litros transportados mediante camiones cisterna y que el agua fue retirada posteriormente para su reutilización en un sistema de aguas grises.
El Ayuntamiento ha reconocido que desconocía la instalación del lago y que no dispone de datos propios para comprobar el volumen empleado, su procedencia o su destino posterior.
La responsabilidad corresponde a la entidad organizadora
El Partido Animalista considera que la responsabilidad principal recae sobre la entidad promotora, que habría incorporado al evento una instalación relevante sin incluirla expresamente en la memoria técnica sometida a autorización.
No obstante, el desconocimiento alegado por el Ayuntamiento no puede traducirse en inacción a ojos de la formación política, que reclama al Consistorio que ejerza competencias de inspección, compruebe si la celebración se ajustó a las condiciones autorizadas y determine si existieron omisiones esenciales, incumplimientos o actuaciones que requerían una comunicación o autorización adicional.
Solicitan que se investigue el volumen real de agua utilizado, su procedencia, las empresas que participaron en su suministro y transporte y el destino que recibió tras el desmontaje. También exige que se compruebe si la construcción del lago vulneró las condiciones de la autorización o cualquier normativa sectorial aplicable.

También puede haber responsabilidad por parte de la entidad autorizante (Ayuntamiento), a cargo de sus órganos administrativos y personal técnico; como se puede ver, por ejemplo en las infracciones descritas en el artículo 164.1 b) y 2, 3 y 4, de la LUIB.