Defendemos a los santuarios en nuestras alegaciones al Proyecto de RD de núcleos zoológicos de animales de compañía

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Desde PACMA continuamos defendiendo a los santuarios y reivindicando su posición como lo que son: centros de protección animal, impulsados por personas que se desviven por rescatar, acoger y cuidar a los animales víctimas de la cruel industria ganadera. Esta vez lo hacemos en las alegaciones que hemos presentado al Proyecto de Real Decreto por el que se regulan los núcleos zoológicos de animales de compañía elaborado por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y su Dirección General de Derechos de los Animales.

Es inadmisible que una llamada Dirección General de Derechos de los Animales discrimine a los animales por especies y perjudique a los que no son considerados de compañía, algo que hace el citado Proyecto. No entendemos que, en lugar de mejorar el Proyecto de Real Decreto por el que se establecen las normas básicas de ordenación de los núcleos zoológicos, elaborado por el Ministerio de Agricultura y al que PACMA ya presentó numerosas alegaciones en septiembre del año pasado, centren sus esfuerzos en elaborar una normativa que desfavorece a la mayoría de animales.

Un Proyecto con múltiples carencias

Nos oponemos firmemente a que se continúe permitiendo actividades y establecimientos como rehalas, criaderos o tiendas de venta de animales. Además, el Proyecto no soluciona la situación de los santuarios, cuya regulación era una de las problemáticas que justificaban la elaboración de este Proyecto. De no atenderse las alegaciones presentadas, los santuarios deberán seguir registrados como explotaciones ganaderas. PACMA los defiende como lo que son: centros de protección animal, y así lo hemos propuesto.

Entre nuestras aportaciones recalcamos la importancia de incluir una definición de animales de compañía, a efectos de esta norma, en la que pueda tener cabida cualquier animal acogido en un santuario, para proteger de verdad a estos animales, que son siempre los más olvidados.

En el Proyecto, se establece que “las entidades de tipo santuario en las que se alberguen animales domésticos y de compañía deberán disponer tanto de código de núcleo zoológico como de código de explotación ganadera, y estar registrados tanto en el Registro Nacional de Núcleos Zoológicos de Animales de Compañía como en el Sistema Integral de Trazabilidad Animal.” Esto es inadmisible. Los santuarios no son explotaciones ganaderas, y no pueden estar sujetos a las normas y protocolos relativos a estas. Es hora de que se les reconozca en la normativa de ámbito nacional, como ya se ha hecho en algunas comunidades autónomas, como lo que son, centros de protección animal, y que se reconozca a los animales por ellos acogidos como animales de compañía, o, al menos, no de producción.

Proponemos asimismo que no se limite la tenencia de animales, en situaciones de convivencia o acogida temporal, a 5, como hace este Proyecto, algo que dificultaría enormemente la labor de las casas de acogida, que con frecuencia cuidan de camadas enteras, con lo que es muy fácil que superen dicha cifra.

Consideramos inadmisible, además, la excepción que este Proyecto pretende establecer, al autorizar que los perros utilizados como guardia, defensa y manejo de ganado, así como el propio ganado, puedan permanecer sin supervisión alguna, a su suerte, durante días, actualmente prohibido por la Ley 32/2007 para el cuidado de los animales en su explotación, que sanciona “abandonar a un animal, con el resultado de la ausencia de control sobre el mismo o su efectiva posesión”. También proponemos ampliar la vigilancia de actividades como la cría de animales, a la que nos oponemos firmemente. Hasta acabar con ella, trabajamos para restringirla al máximo.

Conminamos a la Dirección General de Derechos de los Animales y al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 a centrar sus esfuerzos en proteger a todos los animales mejorando las normativas, y a no discriminar, una vez más, a los que no son considerados de compañía, que son siempre los eternamente ignorados.

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